Vialivre es una sociedad creada en 2010 y que tiene como principal objetivo operar y mantener los sistemas de cobro de peaje en las autopistas portuguesas A28 (Norte Litoral) y A22 (Algarve).

Contamos con la experiencia y know-how de nuestro principal accionista, Grupo Ferrovial, en la concepción, instalación, operación y mantenimiento de los sistemas de pago en infraestructuras viales, tanto con sistemas electromecánicos (con barrera), manuales o automáticos, como por medio de sistemas sin barrera como los multi-lane free-flow (MLFF).

Estos sistemas MLFF le permiten al usuario circular por las autopistas concesionadas sin parar o tener que reducir la velocidad, permitiendo una mayor fluidez del tráfico, una disminución del consumo de combustible y una reducción de dióxido de carbono emitido a la atmosfera, lo cual supone reducción de la huella ecológica respecto a los sistemas tradicionales con barrera.

En sus dos proyectos en Portugal, las concesiones Norte Litoral y de Algarve, Vialivre implementó sistemas MLFF con base en las últimas tecnologías disponibles en el mercado, teniendo en cuenta las normas europeas de interoperabilidad.

Tras el registro del paso del vehículo por los sistemas instalados en la autopista, el nivel central procesa la información recogida, teniendo en cuenta la identificación de la matrícula o del dispositivo electrónico. Tras esta operación se comunica el viaje a la entidad de cobro correspondiente: Vía Verde Portugal o CTT, arrancando así la fase de pago voluntario.

Concluida dicha fase sin que el usuario haya pagado los peajes, se origina una infracción y da comienzo la fase de cobro coercitivo. Para ello, se envía una notificación al domicilio del propietario del vehículo, en la que se solicita el pago del peaje en cuestión (más una tasa administrativa), existe también la posibilidad de identificar al conductor, todo ello dentro de los plazos legalmente establecidos. Si tras estos pasos el usuario sigue sin proceder al pago o a la identificación, el proceso de cobro coercitivo es transferido a la Autoridad Tributaria que procederá a notificar la infracción firme, que implica el pago de tasas administrativas y multas, que de no ser liquidada en los plazos legalmente establecidos, avanzará para la fase final de ejecución fiscal.